Formación Católica Mundialismo Un caso singular: Eugenesia en Chile, antecedentes históricos
Un caso singular: Eugenesia en Chile, antecedentes históricos Imprimir E-mail
Jueves, 28 de Mayo de 2009 15:38

El impacto de la política eugenésica asumida por los principa­les sistemas gubernamentales trascendería Europa y Estados Unidos. De hecho, aún una década antes de las leyes alemanas, en Chile se dicta el decreto ley Nº 355, del 21 de marzo de 1925. En esta norma legal se establece que “es función del Gobierno luchar contra las enfermedades y costumbres susceptibles de causar degeneración de la raza y adoptar los medios que juzgue ade­cuados para mejorarla y vigorizarla”. Se dispone por tanto la constitución de una “División de Higiene Social”, dependiente del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo. El decreto ley establece pues que confiere a la “División de Higiene Social el cuidado de la raza”. A este efecto la norma legal considera el establecimiento de una estructura nacional basada en “Brigadas de Higiene Social”. Se dispone así mismo la organización de una “policía sanitaria”. Aún más, se decreta que “los varones que desearen contraer matrimonio deberán presentar al oficial del registro civil, respectivo, un certificado de salud, dado por la autoridad de higiene so­cial… sin cuyo requisito (el) funcionario no podrá proceder a la celebración del matrimonio”.

Asimismo, en el mensaje presidencial del 21 de mayo de 1939, el Presidente Pedro Aguirre Cerda, líder de la alianza comunista - socialista - radical del “Frente Popular”, proclama: “Os conjuro a creerme que sabré respetar fielmente mi juramento Constitucional y que será mi pre­ocupación constante fortificar la raza”. Luego, teniendo a la vista la experiencia de “Dopolavo­ro” de la Italia fascista y después la de “Kraft durch Freude” en la Alemania nazi, en Chile nace la iniciativa oficial denominada: “Institución para la Defensa de la Raza y aprovechamiento de las Horas Libres”. El decreto orgánico N.° 4.157, del 18 de Agosto de 1939, establece: “Consi­derando: Que es deber del Estado velar por el desarrollo y perfeccionamiento de las cualidades que constituyen las virtudes de la raza; Que estas virtudes pueden fortalecerse especialmente por el ejercicio de la cultura física y la enseñanza de la vida del hogar y la relación social... Decreto: Artículo 1° - Crease una institución nacional que se denominará Defensa de la Raza y Aprove­chamiento de las Horas Libres... Las finalidades de esta institución, serán las siguientes: cultivo de la conciencia del valer nacional y del honor patrio; práctica de la cultura física como medio de conservar el vigor y la aptitud para el trabajo; observancias de las costumbres higiénicas; culto al trabajo, a la paz y a la solidaridad humana; estímulo del sentimiento de la dignidad y de la superación del individúo en la vida ciudadana y del hogar; y aprovechamiento de las horas libres por medio de entretenimientos y actividades honestas y educativas. Esta institución dependerá directamente del Presidente de la República”.

En el correspondiente discurso, el Presidente de la República, Pedro Aguirre Cerda, indica: “Conciudadanos: Comprendo, sí, que hay ideas básicas en las cuales coinciden o deben coin­cidir la colectividad toda… Entre estos sentimientos patrióticos está el amor a la raza, a la raza chilena, a ese conjunto social que para nosotros es todo nuestro orgullo, que lo admiramos y queremos, a pesar de los defectos que pudiera tener, como se quiere a la madre y a la bandera... Fortificar, pues, la raza, formarla sana y pujante, proporcionarle la alegría de vivir; el orgullo de sentirse chileno, es un sentimiento que nadie debe negar a nadie, cualquiera que sea el medio que unos u otros conceptúen como el más apropiado”.

También en esta perspectiva se establece un proyecto de ley de educación física. Entendiendo que se trata de una “campaña sagrada en favor de la fortificación de nuestra raza”, se define la “educación física (como) parte integrante de la educación general y debe ser atención preferente del Estado en cuanto propende a la salud y vigor del pueblo. La Educación Física será obligatoria para los escolares de uno y otro sexo y deberá ser impartida a los no escolares que la presente ley señala. Establécese como obligatorio el control biotipológico… La Junta Central de Benefi­cencia Pública y Asistencia Social pondrá a disposición del Ministerio de Educación Pública con cargo a la suma que se encuentra acumulada en su poder la construcción del Instituto de Reedu­cación Mental”. Del mismo modo, en 1940, hasta la organización comunista “Comité Popular del Deporte” celebraba la creación del comité oficial “Pro Salvación de la Raza”.

A la época, el juez de menores de Valparaíso, Luis Vicuña Suarez, postulaba: “(Llega) el mo­mento de recordar a tanto criminal inconsciente que no hay derecho alguno para crear y seguir creando ciudadanos de sanatorio; vidas indefensas e inermes en medio del mundo fiero donde, a mayor acumulación de Códigos se contrapone más brutal predominio de la fuerza; y a mayor suma de asistencia social cobran más impía recrudescencia los fueros del lobo y las leyes de la selva. ¿No tenemos -Ud. médico y yo Juez-, la historia fichada de familias marcadas con el prontuario del “vermoulu” inscrito en su principio germinal y que han desenvuelto sus obscuras existencias larvadas en la colmena de nuestra ciudad común, ambulando con fardos de dolor en­tre el Consultorio del Seguro Obrero los Juzgados penitenciales y el Lazareto, como en un ansia, inconsciente de regresar a la Nada?”.

Agregaba el juez Vicuña Suarez: “Toda la piedad y la compasión del mundo para ellas, pero ¡qué gran negocio para la sociedad si no existieran esas frecuentes aleaciones de histeria y de males venéreos! ¡Y qué ganancia para la contabilidad del bienestar humano si el manantial de tanto su­frimiento hubiera visto cegada su fuente! Por lo mismo que se ama a los que sufren, se desea con fervor que no hubieran comenzado a padecer; y ese sentimiento se traduce científicamente en el vocablo... Eugenesia”. Postula por tanto: “Eugenesia, antes que lástima... Eugenesia, primero y mejor que allanamientos y carcelazos... Eugenesia, más interesante y más lógica que el veronal o la morfina, para esos pobres degenerados “de boite” presuicidas que mitigan falsamente las taras con que sus padres los pusieron sobre el mundo, imaginando acaso que los indemnizaban de verdad dejándoles dinero para cubrirlas... Conciencia eugenésica, valdría emanciparla de una servidumbre de mortal ceguera y levantar saludablemente los declives en que verifica su evolu­ción biológica e histórica”.

La Segunda Conferencia Panamericana de Eugenesia y Homicicultura, celebrada en Buenos Aires, Argentina, el año 1934 acordaría, entre otras mociones: “Considerando que las cualidades propias de cada nación y las generales de América están condicionadas por las características del estado social y, sobre todo, biológico de su masa pobladora, y que el conocimiento de estas cualidades es esencial para el presente y, sobre todo, para el porvenir del continente, resuelve:... Que se solicite de la Unión Panamericana, en la forma más respetuosa, que proceda a organizar y mantener en su “Oficina Principal un Instituto de Investigaciones de la Población Americana”, que se dedicará a dicho estudio en sus aspectos históricos, geográficos, antropológicos, esta­dísticos, económicos, culturales y eugenésicos”. Un afiche de chileno de la época destinado a la enseñanza popular proclama: “¡Piensa! La embriaguez lleva a la… degeneración de la raza. Dirección General de Información y Cultura”.

Sin más, durante 1933, el socialista y masón, Salvador Allende Gossens, publica su memoria de título profesional titulada: “Higiene Mental y Delincuencia”, en la que estima que una de las causas de la delincuencia es “la raza”, y en razón de ello precisa: “Los hebreos se caracterizan por determinadas formas de delito: estafa, falsedad, calumnia y, sobre todo, la usura... Estos datos hacen sospechar que la raza influye en la delincuencia... La revolución - agrega Allende - es un ‘delito colectivo patológico’ y un revolucionario es en realidad un psicópata peligroso, tanto más cuanto que los movimientos masivos y violentos que él genera provocan locuras colectivas peli­grosamente contagiosas”.

En 1939, en calidad de Ministro de Salud, Salvador Allende anuncia al país el tratamiento obliga­torio contra alcoholismo, alcaloides y enfermedades venéreas como parte del “trípode legislativo en defensa de la raza”. El proyecto de ley sobre contagio venéreo del 8 de noviembre de 1939 disponía la obligatoriedad del tratamiento y certificado prenupcial. En éste se consigna: “Del Cer­tificado prenupcial: Las personas que padezcan de una enfermedad venérea en peligro de contagio no podrán contraer matrimonio. Los Oficiales del Registro Civil no autorizarán la celebración de matrimonio si los contrayentes no acompañaren un certificado de salud venérea, otorgado por el organismo respectivo del Consejo Nacional de Salubridad... El que contagiare a otra persona de un mal venéreo sufrirá la pena de reclusión… Se refiere a la conservación de la virilidad y de­sarrollo de la raza, a la salud de los habitantes y a un sinnúmero de hechos sociales que pueden considerarse fatales dentro del desenvolvimiento del estado sanitario de la nación”.

Anuncia asimismo un programa de “esterilización de los alienados mentales” cual instrumento de acción en “defensa de la raza con aspecto coercitivo compuesto por medidas eugenésicas ne­gativas” que, si bien no alcanzó a debatirse en el Congreso, de hecho consideraba la creación de “Tribunales Esterilizadores autorizados para ordenar el uso de la fuerza pública en caso de rebel­día por parte de los pacientes”. En éste se dispone: “Toda persona que sufra de una enfermedad mental que, de acuerdo con los conocimientos médicos, pueda transmitirla a su descendencia, podrá ser esterilizado, en conformidad a las disposiciones de esta ley... Serán consideradas enfer­medades mentales transmisibles por vía hereditaria, especialmente, las siguientes: esquizofrenia (demencia precoz), psicosis maniacodepresiva, epilepsia esencial, Corea de Huntington, idiocia imbecibilidad y debilidad mental profunda, locura moral constitucional y alcoholismo crónico... Podrán solicitar la esterilización: los directores de establecimientos manicomiales, públicos y pri­vados; directores de Hospitales donde existan secciones para enajenados; los enfermos mentales, cuando sean mayores de edad; y los representantes legales de enfermos mentales incapaces”.

Propone pues Salvador Allende: “Créanse Tribunales de Esterilización de Primera Instancia, que funcionarán en las capitales de provincias y un Tribunal Superior de Esterilización, con asiento en Santiago... El Tribunal Superior de Esterilización estará integrado por el Presidente de la Excma. Corte Suprema, el Decano de la Facultad de Biología y Ciencias Médicas de la Univer­sidad de Chile y el profesor titular más antiguo que dicte la Cátedra de Psiquiatría de la Escuela de Medicina de la Universidad de Chile... Todas las resoluciones que dicten los Tribunales de Esterilización serán obligatorias para toda persona o autoridad, y se llevarán a efecto, en caso de resistencia, con el auxilio de la fuerza pública”.

Desde idéntica perspectiva ideológica, también en aquella la época el doctor Félix Martí-Ibáñez (1911 - 1972), psicoterapeuta y sexólogo que ejerció durante la guerra civil española (1936 - 1939) el cargo de Director General de Sanidad y Asistencia Social en Cataluña en representa­ción de un sindicato anarquista (C.N.T.), convocaba en noviembre de 1936 a la “Conferencia de Asistencia Psiquiátrica e Higiene Mental”. Entre otros asuntos, el programa de ésta consideraba el tratamiento de asuntos como la “Difusión de las reglas de Higiene Mental y la Eugenesia” e incluso la “Esterilización de ciertos enfermos psíquicos”.

Como es posible advertir, el impacto de la eugenesia trascendía la posición ideológica particular de los sujetos, respondiendo a una convicción profunda y fuerte en los hombres de aquel tiempo. Aún más, a pesar de las graves convulsiones de las décadas de 1930 y 1940, las políticas eugené­sicas serían continuadas, perfeccionadas y profundizadas. La proyección del movimiento euge­nésico será sustantiva. Ya en 1951 lo indicaba Ernst Jünger (1895 - 1996): “Uno de los grandes peligros de nuestro tiempo: la superpoblación… La higiene se ve enfrentada a la tarea de poner coto a las mismas masas cuyo surgimiento hizo ella posible”. 

 

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